Propiedad intelectual y DMCA
Cómo denunciar una infracción y cómo responder si te dieron de baja una publicación.
1. Nuestra postura
Respetamos la propiedad intelectual y esperamos lo mismo de nuestros usuarios. Respondemos a las notificaciones válidas de infracción bajo la Digital Millennium Copyright Act (DMCA) y a los reclamos fundados de marcas, y damos de baja las cuentas de infractores reincidentes.
2. Denunciar una infracción
Enviá una notificación a legal@slapyourbrand.com que incluya todo lo siguiente:
- Tu firma física o electrónica.
- Identificación de la obra o marca que decís infringida, con número de registro si existe.
- La URL de cada publicación, foto o página que señalás como infractora, con precisión suficiente para localizarla.
- Tu nombre, domicilio postal, teléfono y correo electrónico.
- Una declaración de que creés de buena fe que el uso no está autorizado por el titular, su agente ni la ley.
- Una declaración, bajo pena de perjurio, de que la información es exacta y de que sos el titular o estás autorizado a actuar en su nombre.
Las notificaciones que no contengan estos elementos pueden ser ineficaces. Hacer a sabiendas una tergiversación sustancial en una notificación puede generarte responsabilidad por daños bajo 17 U.S.C. § 512(f).
3. Qué pasa después
Si la notificación es válida, quitamos o bloqueamos el acceso al material y avisamos a quien lo publicó, trasladándole la notificación.
4. Contranotificación
Si te dieron de baja material y creés que fue un error o una identificación equivocada, podés enviar una contranotificación a legal@slapyourbrand.com con tu firma, la identificación del material y dónde aparecía, una declaración bajo pena de perjurio de que creés de buena fe que se retiró por error, tu nombre, domicilio y teléfono, y tu aceptación de la jurisdicción del tribunal federal de distrito de tu domicilio (o, si estás fuera de Estados Unidos, del nuestro) y de recibir notificaciones de quien envió la denuncia original.
Si recibimos una contranotificación válida podemos restituir el material en 10 a 14 días hábiles, salvo que el denunciante original nos informe que inició una acción judicial para impedir la actividad.
5. Infractores reincidentes
Llevamos registro de las notificaciones. Las cuentas que infringen repetidamente se cierran.